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martes, 20 octubre 2026

Los productores podrán elegir veterinarios privados para vacunar contra la aftosa desde febrero de 2027

La adhesión se podrá tramitar hasta el 15 de diciembre; quienes no la gestionen seguirán vacunando a través de los centros ganaderos.

Los productores podrán optar por veterinarios privados acreditados por el SENASA para vacunar a sus bovinos contra la aftosa desde la campaña que comenzará el 15 de febrero de 2027. La adhesión estará abierta hasta el 15 de diciembre y será una alternativa al servicio de los centros ganaderos, que continuará para quienes no realicen el trámite.

El director de Ganadería, Agricultura y Agroindustria, Gustavo Del Bosco, explicó en una conferencia de prensa en Casa de Gobierno que el cambio está previsto en la Resolución 201/2026 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). Las modificaciones fueron tratadas en una reunión ampliada de la Comisión Provincial de Sanidad Animal (Coprosa), con participación del vicepresidente y del director nacional del organismo sanitario.

Para elegir esta modalidad, los interesados deberán ingresar al Sistema Integrado de Gestión Ganadera desde la página de ARCA y completar el trámite correspondiente. Luego tendrán que confirmar la solicitud, que deberá ser aceptada por el veterinario acreditado. El período para realizar la gestión comenzó el 15 de octubre.

Los profesionales privados deberán respetar las mismas exigencias sanitarias que los centros ganaderos, incluidas las condiciones de conservación de las vacunas y la cadena de frío. Después de cada vacunación, tendrán que emitir el acta y registrar los datos en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) del SENASA.

Los centros ganaderos también podrán ofrecer la colocación de dispositivos de identificación electrónica como servicio complementario. Esto permitirá identificar a los animales durante la vacunación y cargar los datos en el sistema del SENASA.

Del Bosco aclaró que la elección de un veterinario particular no cambia la obligatoriedad de vacunar ni el calendario sanitario: las dos campañas anuales deberán cumplirse dentro de los períodos establecidos.

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