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domingo, 13 septiembre 2026

Publican la solicitud para registrar la Indicación Geográfica “Peperina Serrana de Córdoba y San Luis”

En San Luis, la delimitación incluye Junín y Chacabuco, y se abre un plazo de 30 días para presentar observaciones u oposiciones.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación publicó la solicitud de registro de la Indicación Geográfica “Peperina Serrana de Córdoba y San Luis”, en el marco de las Leyes N.º 25.380 y 25.966. El trámite busca reconocer y proteger la identidad territorial y los atributos productivos de la peperina serrana.

En San Luis, el área propuesta para la denominación abarca los departamentos Junín y Chacabuco, dentro del sector serrano que integra la continuidad de las Sierras de los Comechingones con los sistemas montañosos de Córdoba. La delimitación también incluye los departamentos cordobeses de Río Seco, Tulumba, Ischilín, Cruz del Eje, Minas, Punilla, Colón, Capital, Pocho, San Alberto, Santa María, San Javier, Calamuchita y Río Cuarto.

La iniciativa contempla específicamente a Minthostachys verticillata proveniente de ambientes serranos de ambas provincias. El planteo sostiene que la planta presenta características aromáticas particulares vinculadas con las condiciones ambientales de la región; según la documentación de la solicitud, su perfil aromático es mentáceo-herbal, intenso y fresco, asociado a la composición del aceite esencial, con mentona y pulegona como componentes principales en ejemplares de Córdoba y San Luis.

Uno de los fundamentos de la propuesta es que las cualidades del producto no dependen solo de la especie, sino también de la interacción entre suelo, clima, condiciones ecológicas y material genético local, relación que se considera central en una Indicación Geográfica.

La publicación de la solicitud abre el período previsto por la normativa para que quienes acrediten interés legítimo presenten observaciones u oposiciones en un plazo de 30 días corridos desde la publicación, con fundamentos, documentación y pruebas. Luego deberán cumplirse las etapas administrativas establecidas por la legislación antes de una eventual definición.

Si el registro avanza, los productores dentro del área delimitada podrán utilizar la denominación siempre que cumplan con el protocolo de producción y calidad que acompaña la solicitud. La protección permitiría diferenciar el producto por su procedencia y características, y generar condiciones para una mayor trazabilidad y valorización comercial.

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