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jueves, 24 septiembre 2026

Media sanción por unanimidad al proyecto que garantiza cupo y cotización mínima para artistas sanluiseños en eventos con apoyo provincial

La iniciativa, impulsada por Alberto Leyes, crea el registro RePAr, fija montos en Unidades Fijas y prevé sanciones y requisitos de repertorio para artistas no radicados.

La Cámara de Diputados de San Luis dio este miércoles media sanción por unanimidad al proyecto de Ley de Fomento y Protección del Artista Folklórico y Popular Sanluiseño, impulsado por el presidente del cuerpo, Alberto Leyes. La iniciativa fija un cupo para la participación de artistas provinciales en festivales, fiestas, peñas y otros eventos de música y danza folklórica que reciban apoyo o subsidios del Gobierno de San Luis.

Cupo y requisitos

Uno de los puntos centrales establece que, por cada artista que no esté radicado en San Luis, deberá incluirse al menos un artista local o provincial por cada día del evento. Para ser considerado artista provincial, se exige domicilio real en San Luis, acreditar dos años de residencia y la inscripción en el Registro Provincial de Artistas Folklóricos y Populares de San Luis (RePAr).

La propuesta incorpora además un requisito de difusión de la producción cultural sanluiseña: los artistas no radicados que actúen en los eventos alcanzados deberán incluir en sus repertorios al menos una obra de autoría de artistas locales o provinciales inscriptos en el RePAr. En el caso de los intérpretes de danza, deberán sumar como mínimo una danza de raíz folklórica sanluiseña o de identidad cuyana.

Cotización mínima y control

El proyecto fija una cotización artística mínima para las contrataciones de artistas locales realizadas por el Estado provincial o municipal cuando los eventos cuenten con aportes provinciales: 300 Unidades Fijas (UF) para solistas y dúos; 500 UF para tríos y cuartetos; y 800 UF para conjuntos y bandas de cuatro o más integrantes. La UF se determinará en función del precio de la Nafta Súper en la provincia. La contratación deberá respaldarse mediante un contrato de actuación que permita justificar y rendir el pago.

El Ministerio de Turismo y Cultura tendrá a su cargo la fiscalización del cumplimiento de la norma y la aplicación de sanciones. El incumplimiento de las condiciones relacionadas con la participación o el pago de los artistas será causal para suspender durante un año los subsidios estatales a los organizadores responsables.

Registro RePAr y próximos pasos

La iniciativa crea el RePAr, que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Turismo y Cultura o del organismo que lo reemplace. La inscripción será requisito para acceder a los beneficios de la futura ley. El registro contemplará intérpretes, autores y compositores de música, recitadores, decidores y payadores folklóricos, bailarines y coreógrafos, además de grupos de música y danza.

Tras la media sanción en Diputados, el proyecto continuará su tratamiento en el Senado. Si obtiene aprobación definitiva y es sancionado como ley, el Poder Ejecutivo deberá reglamentar su aplicación.

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